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domingo, 15 de julio de 2018

Como obtener el carnet de discapacidad

 Calificación o recalificación de personas con discapacidad

Descripción:
Servicio orientado a la calificación o recalificación de personas con discapacidad a través de una valoración bio-psicosocial, la cual se realiza en Establecimientos de Salud de Primer Nivel autorizados, o de ser necesario, se coordina una atención médica domiciliaria.

  • Ley Orgánica de Discapacidades – LOD
Artículo 6.-…se considera persona con discapacidad a toda aquella que, como consecuencia de una o más deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, con independencia de la causa que la hubiera originado, ve restringida permanentemente su capacidad biológica, sicológica y asociativa para ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, en la proporción que establezca la normativa vigente.

  • Tipos de Discapacidad
Los tipos de discapacidad son: auditiva, física, intelectual, lenguaje, psicosocial y visual; en tanto, cada una de estas puede manifestarse de diferentes maneras y en diferentes grados.

  • Carné
Las personas con discapacidad portadoras de carné emitido por el Ministerio de Salud Pública (independientemente del año de emisión), deberán acercarse a los Establecimientos de Salud de Primer Nivel autorizados y canjearlo por un nuevo carné; en el cual constará la nueva fecha de emisión y no tendrá fecha de caducidad.
El carné emitido por CONADIS tendrá validez hasta el 31 de diciembre de 2019, en el caso de que la persona con discapacidad portadora del mismo requiera una certificación adicional, deberá solicitar el certificado de discapacidad en los Establecimientos de Salud de Primer Nivel autorizados , el mismo que será el documento habilitante suficiente para acceder a los beneficios de Ley hasta que se recalifique con el nuevo instrumento de valoración de discapacidad ecuatoriano.

Sin costo.

¿Quiénes pueden acceder a este servicio?

  • Ciudadanía (personas con discapacidad)

Requisitos:

Trámite Requisitos
Calificación de personas con discapacidad visibles o evidentes 1. Cédula de ciudadanía o identidad (de preferencia actualizada, la cédula de identidad aplica a extranjeros que residen legalmente en el Ecuador).
Calificación de personas con discapacidad no visibles o no evidentes 1. Cédula de ciudadanía o identidad (de preferencia actualizada, la cédula de identidad aplica a extranjeros que residen legalmente en el Ecuador).
2. Informe médico: calificador/especialista/tratante y Exámenes complementarios de ser el caso.
Los documentos deben contener la información original con los sellos y firmas de responsabilidad; además deben tener una validez de 6 meses a 1 año de emitido.

El “Informe médico: calificador/especialista/tratante” y los “Exámenes complementarios” podrán ser emitidos solo por las unidades de la Red Pública Complementaria e Integral de Salud (Ministerio de Salud Pública – MSP, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social- IESS, Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional – ISSPOL, Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas – ISSFA, Junta de Beneficencia, Clínicas y Hospitales Privados; instituciones que deben estar autorizadas por la Autoridad Sanitaria.

NOTA:
1.- El Informe médico: calificador/especialista/tratante” o los “Exámenes complementarios” serán solicitados cuando la deficiencia o condición discapacitante así lo amerite.
2.- Los consultorios privados y médicos privados no están autorizados para emitir el “Informe médico: calificador/especialista/tratante” o los “Exámenes complementarios”.
 


Recalificación de personas con discapacidad

NOTA:
La recalificación se puede realizar máximo dos veces al año (12 meses), luego de la calificación inicial.
1. Cédula de ciudadanía o identidad (de preferencia actualizada, la cédula de identidad aplica a extranjeros que residen legalmente en el Ecuador).
2. Informe médico: calificador/especialista/tratante y Exámenes complementarios de ser el caso.
Los documentos deben contener la información original con los sellos y firmas de responsabilidad; además deben tener una validez de 6 meses a 1 año de emitido.

El “Informe médico: calificador/especialista/tratante” y los “Exámenes complementarios” podrán ser emitidos solo por las unidades de la Red Pública Complementaria e Integral de Salud (Ministerio de Salud Pública – MSP, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social- IESS, Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional – ISSPOL, Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas – ISSFA, Junta de Beneficencia, Clínicas y Hospitales Privados; instituciones que deben estar autorizadas por la Autoridad Sanitaria.

NOTA:
1.- El Informe médico: calificador/especialista/tratante” o los “Exámenes complementarios” serán solicitados cuando la deficiencia o condición discapacitante así lo amerite.
2.- Los consultorios privados y médicos privados no están autorizados para emitir el “Informe médico: calificador/especialista/tratante” o los “Exámenes complementarios”
3. Formulario de solicitud de recalificación de discapacidad
El Formulario de solicitud de recalificación de discapacidad será llenada por la persona con discapacidad o Formulario de solicitud de recalificación de discapacidad (Representante legal) por el representante legal, según sea el caso.

NOTA:
Se debe presentar una sola solicitud, ya sea la solicitud llenada por la persona con discapacidad o el representante legal.
 




Calificación de personas con discapacidad en su domicilio
1. Cédula de ciudadanía o identidad (de preferencia actualizada, la cédula de identidad aplica a extranjeros que residen legalmente en el Ecuador)
2. Informe médico: calificador/especialista/tratante
El documento debe contener la información de los Certificados originales de especialistas que deben tener sellos y firmas de responsabilidad, mismo que debe tener una validez de 6 meses a 1 año de emitido.

NOTA:
1.- El Informe médico: calificador/especialista/tratante aplica cuando sea una discapacidad no visible o no evidente.
2.- Los consultorios privados y médicos privados no están autorizados para emitir el Informe médico: calificador/especialista/tratante
 


Emisión del certificado provisional de personas con discapacidad a ecuatorianos(as) residentes en el exterior
1. Cédula de ciudadanía, identidad o pasaporte (de preferencia documento actualizado).
2. Informe médico expedido por el médico, tratante o especialista cuyo documento deberá tener  una vigencia  de  doce (12) meses contados a partir de su emisión y contendrá:
  • Diagnóstico de la enfermedad o condición de salud (especificando Código CIE10 cuatro dígitos);
  • Tipo de tratamiento realizado y fecha de su inicio;
  • Fecha en la cual se determinó la discapacidad como secuela permanente de la enfermedad o condición de salud;
  • Pronóstico funcional de sus secuelas, en forma cualitativa (mucho, poco, nada), con la indicación de si hay mejoría o no de la condición de discapacidad. De existir la indicación de mejoría se deberá determinar un plan de tratamiento;
  • Evolución de la enfermedad en los últimos seis (6) meses; y,
  • Recomendaciones.
3. Exámenes específicos, dependiendo del tipo de condición de salud, por ejemplo: audiometría, examen de agudeza visual con corrección y campimetría, placas de rayos X (escaneado), capacidad funcional cardiaca (clase funcional NYHA), capacidad funcional renal (aclaramiento de creatinina), epicrisis y/o fotografías de la persona con discapacidad, que deberán ser otorgados por un establecimiento salud.
4. Solicitud para la calificación de discapacidad ecuatorianos/as residentes en el exterior.
La Solicitud para la calificación de discapacidad ecuatorianos/as residentes en el exterior será llenada por la persona con discapacidad o la Solicitud para la calificación de discapacidad ecuatorianos_as residentes en el exterior (representante legal) por el representante legal, según sea el caso.

NOTA:
Se debe presentar una sola solicitud, ya sea la solicitud llenada por la persona con discapacidad o el representante legal.
5. Formulario de calificación de discapacidad para ecuatorianos residentes en el exterior.
  Emisión del carné de discapacidad por perdida, sustracción o robo 1. Cédula de ciudadanía o identidad (de preferencia actualizada, la cédula de identidad aplica a extranjeros que residen legalmente en el Ecuador)
2. Formulario de documentos extraviados emitido por Consejo de la Judicatura.

Pasos para acceder al trámite:

“Calificación de personas con discapacidades visibles o evidentes” y “Calificación de personas con discapacidades no visibles o no evidentes”
  1. Llamar al número telefónico 171 para solicitar una cita médica de evualuación bio-psicosocial a persona con discapacidad.
  2. Asistir al Establecimiento de Salud de Primer Nivel autorizado con los requisitos correspondientes.
  3. Obtener el carné de persona con discapacidad en el Establecimiento de Salud donde lo evaluaron.

“Recalificación de personas con discapacidad”
  1. Llamar al número telefónico 171 para solicitar una cita médica de evaluación bio-psicosocial a persona con discapacidad.
  2. Asistir al Establecimiento de Salud de Primer Nivel autorizado con los requisitos correspondientes para la recalificación.
  3. Obtener el carné de discapacidad en el Establecimiento de Salud de Primer Nivel donde lo evaluaron.

“Calificación de personas con discapacidad en su domicilio”
  1. Llamar al número telefónico 171 o acudir al Establecimiento de Salud de Primer Nivel autorizado más cercano (puede hacerlo un familiar) e indicar la necesidad de calificación de persona con discapacidad a domicilio.
  2. Recibir cita domiciliaria para la evaluación bio-psicosocial.
  3. Obtener el carné de persona con discapacidad en el Establecimiento de Salud de Primer Nivel autorizado.

“Emisión del certificado provisional de personas con discapacidad a ecuatorianos(as) residentes en el exterior”
  1. Presentar los requisitos en las representaciones diplomáticas ecuatorianas del país donde resida la persona con discapacidad.
  2. Recibir vía electrónica el “certificado provisional”.
  3. Una vez que retorne al Ecuador, en el plazo de noventa (90) días deberá someterse a la verificación física (Calificación o recalificación de personas con discapacidad en los Establecimientos de Salud de Primer Nivel autorizados).

“Emisión del carné de discapacidad por perdida, sustracción o robo”
  1. Acercarse al Establecimiento de Salud de Primer Nivel autorizado con los requisitos correspondientes.
Previo a esto debe:
  • Realizar la denuncia en la página web Consejo de la Judicatura.
  • Suscribir el “formulario de documentos extraviados” en el Consejo de la Judicatura correspondiente.
  1. Obtener el carné de persona con discapacidad.

NOTA:
1.- Las personas portadoras del carné  emitido anteriormente por el CONADIS deben acceder al proceso de recalificación.
2.- Las personas portadoras del carné emitido por el MSP deben acudir a los Establecimientos de Salud de Primer Nivel autorizados a canjear el nuevo carné sin fecha de caducidad.